Atribuciones
Con fundamento en el artículo 38 del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato
El organismo operador tendrá las atribuciones siguientes:
1
Prestar los servicios públicos de suministro de agua potable y de drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales.
2
Realizar y promover el aprovechamiento sustentable de las fuentes superficiales y subterráneas de agua.
3
Elaborar los estudios tarifarios correspondientes a los servicios públicos de suministro de agua potable y de drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales.
4
Proponer al Ayuntamiento el contenido de los programas relativos a los servicios hidráulicos.
5
Planear, presupuestar, ejecutar, supervisar y evaluar medidas y acciones de saneamiento.
6
Coadyudar con las autoridades federales y estatales en la medición cualitativa y cuantitativa del ciclo hidrológico.
7
Fomentar una cultura del Agua acorde con la realidad social del estado.
8
Promover la participación social en la planeación, ejecución y evaluación de las medidas y acciones relativas a la prestación de los servicios públicos a su cargo.
9
Promover la investigación y desarrollo tecnológico en materia de agua.
10
Cumplir y hacer cumplir, en el ámbito de su competencia, las disposiciones del Código.
11
Las demás que estabezca el Código y las demás disposiciones jurídicas aplicables.